Solicitud convalidaciones en FP

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A continuación, encontrarás la información necesaria si deseas solicitar la convalidación o traslado de calificación de algún módulo incluido en las enseñanzas en las que estás matriculado/a.

Consideraciones generales

  • Se puede realizar este trámite una vez se haya formalizado la matrícula.
  • Debes presentar la solicitud en la Secretaría del centro, de forma presencial o a través del email: secretaria@avempace.com
  • De forma general, para solicitar una convalidación o traslado de nota, la persona tiene que estar matriculada en el módulo. Pero, en la modalidad virtual, se permite ampliar la matrícula sólo a efectos de convalidación, realizando la solicitud de convalidación de forma condicionada, teniendo en cuenta que si finalmente no se resuelve de forma favorable, dicha matrícula quedaría sin efecto.
  • La experiencia profesional y la formación no formal NO sirven para convalidar módulos profesionales en un ciclo formativo. Tampoco sirven títulos que se consideran “equivalentes” a los de Formación Profesional ni los títulos extranjeros homologados.
  • Los módulos profesionales (y materias universitarias) previamente convalidados no sirven para convalidar nuevos módulos profesionales. Para convalidar es necesario presentar siempre la formación original que da derecho a la convalidación.
  • Para solicitar convalidaciones en un ciclo formativo de Grado Superior por haber cursado un Grado Universitario se solicitan en el centro docente, que se ocupará de su gestión ante el MEFPD, que es quien tiene la competencia en este tipo de convalidación.
  • El módulo de Proyecto (en ciclos LOE) o Proyecto intermodular (en Ciclos LFP) hay que cursarlo siempre (en los ciclos que lo incluyan).
  • La resolución puede ser favorable o desfavorable. Si transcurren 6 meses sin notificación expresa, se tiene que entender desestimada por silencio administrativo negativo.
  • La convalidación no se hará efectiva hasta que la persona presente la resolución favorable correspondiente en la Secretaría del centro, manifestando su conformidad. En ese momento, los módulos convalidados quedarán registrados en el expediente académico del alumno/a.

Tramitación: documentación, plazos y requisitos

La solicitud, junto con la documentación correspondiente, se debe presentar en la secretaría del centro. Puedes enviarla por correo electrónico a la dirección: secretaria@avempace.com

Para facilitar nuestra labor, por favor, indicar en en asunto del email:

CV + Nombre y apellidos + EI VIRTUAL

El plazo para hacerlo será hasta el último día hábil del mes de septiembre. En cualquier otro caso, el plazo será de 15 días desde la fecha de la matriculación.

Aquí puedes descargar la solicitud para cumplimentarla.

La solicitud debe estar correctamente cumplimentada, con especial atención al código y denominación exacta de los módulos profesionales solicitados. Así mismo siempre la solicitud debe ir firmada.

Se debe acompañar de la documentación (correctamente escaneada) que justifique la convalidación:

  • Certificación académica oficial de estudios aportados para la convalidación, expedida por centro oficial.
  • Certificación acreditativa de Unidades de Competencia o Unidades de Cualificación acreditadas.
  • En el caso de estudios universitarios, los programas de las asignaturas, validados por la Universidad.
  • Otra documentación: acreditación de curso de nivel básico de prevención de riesgos laborales,…

Una vez recibida, el centro procederá a:

  • Si es competencia de la Dirección del centro, se procederá a su resolución y comunicación a la persona solicitante.
  • Si la competencia para resolver corresponde al Departamento de Educación, el centro remitirá la solicitud junto con la documentación aportada.
  • Si el órgano competente para resolver es el Ministerio de Educación, FP y Deportes, el centro remitirá telemáticamente las solicitudes y documentación aportada a través de la sede electrónica.

Efectos de las convalidaciones en las calificaciones

  • Los módulos profesionales convalidados en un ciclo formativo se califican según los casos, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 24 de junio de 2021 (ciclos LOE) o el Anexo VIII del Decreto 91/2024, de 5 de junio.
  • Los módulos convalidados se califican con la nota del módulo profesional que da derecho a la convalidación. Expresión: CV-5, CV-6, CV-7, CV-8, CV-9 o CV-10.
  • Si para convalidar hay que tener en cuenta la nota de más de un módulo, se halla la media aritmética. Se redondea al entero más próximo. Si se aporta un ciclo completo, la nota del módulo convalidado será la nota media del ciclo.
  • No asignan puntuación, así que constarán como CV y no computan a efectos de cálculo de la nota media del ciclo, las convalidaciones con origen en:
    • Unidades de competencia acreditadas por PEAC.
    • Certificados de profesionalidad.
    • Estudios de FP anteriores a la LOGSE.
    • Estudios universitarios.
    • Certificados de Escuelas Oficiales de Idiomas o certificados del Marco Europeo de las Lenguas.
  • Los módulos que tenga superados por haber cursado otro ciclo formativo, que tengan el mismo código y la misma denominación se considerarán módulos idénticos y se trasladarán las calificaciones obtenidas cuando se cursaron.
  • El módulo profesional de FCT (en ciclos LOE) podrá ser objeto de exención si se acredita experiencia laboral de más de un año en el perfil del título. El centro indicará la documentación a aportar para solicitar dicha exención, por lo que no se debe presentar mediante el trámite de convalidación.

Enlaces a información sobre módulos profesionales convalidables:

Ciclos LOE y Ciclos LFP

Módulos Profesionales de los Anexos I, II, III y IV del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre:

  • El Anexo I hace referencia a la convalidación de módulos LOGSE cuando se aportan módulos o ciclos completos LOGSE.
  • El Anexo II hace referencia a la convalidación de módulos LOE cuando se aportan módulos o ciclos completos LOGSE.
  • El Anexo III hace referencia a la convalidación de módulos LOE cuando se aportan módulos o ciclos completos LOE. Son módulos con similares resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y contenidos básicos.
  • El Anexo IV hace referencia a las convalidaciones adicionales a las convalidaciones que aparecen en títulos publicados a partir del 5 de marzo de 2017.

Ciclos LOE

Ciclos LEY DE FP (este curso, por la implantación progresiva, sólo se pueden convalidar módulos de 1er curso)